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El paso a paso de su registro como facturador electrónico

El paso a paso de su registro como facturador electrónico

Un proveedor autorizado es esencial      

 

     Dentro del sistema de Facturación electrónica, se le otorga a quienes participan, es decir, a los proveedores electrónicos, una autorización para poder ofrecer los servicios relacionados a la expedición de facturas electrónica a los obligados y no obligados a facturar electrónicamente. Ellos, al igual que los facturadores electrónicos deben habilitarse como tal.

                                                                                                                                       Proveedores autorizados               

 

     De acuerdo con el portal web de la DIAN (www.dian.gov.co), estos son los proveedores electrónicos autorizados:

 

- ACEPTA S A S       

- ASISTENCIA MOVIL S.A.S.          

- ATEB COLOMBIA S A S    

- BCN CONSULTORES COLOMBIA S.A.S.

- BIT CONSULTING S.A.S  

- BYTHEWAVE S.A.S          

- CADENA S . A .      

- CARVAJAL TECNOLOGIA Y SERVICIOS S.A.S.

- COMERCIO ELECTRÓNICO EN INTERNET S.A. CENET S.A.

- COMPUNET S.A

                                                                                                                                             Pasos para el registro y consulta de facturador electrónico

 

1. Registro como facturador electrónico: esta opción le permitirá registrarse en el servicio informático de Factura Electrónica. Para ello debe ingresar a página web de la DIAN (www.dian.gov.co), y  dar clic en la opción Registro como Facturador Electrónico, luego se le cargará la pantalla donde aparecerán los datos de identificación según su información registrada en el RUT, así como si es Facturador Electrónico Obligado o Voluntario. Usted deberá verificar estos datos antes de pulsar el botón “Guardar”. Posterior a ello, se le presentará un mensaje y deberá  decidir  si   continuar  con  el  proceso y hacer clic  en el  botón “Aceptar”; o en el caso contrario, deberá dar clic en el botón “Cancelar”.

 

2. Confirmación para registro de facturador electrónico : sea facturador voluntario u obligado, usted debe confirmar el registro en el mensaje que le aparecerá en la  página web seleccionando la opción “Aceptar”. Si usted no acepta el envío de comunicados al correo electrónico registrado en RUT, se le presentará un mensaje de advertencia. De lo contrario, si usted acepta  el envío de comunicados al correo electrónico registrado en RUT, se le presentará un mensaje informativo de operación exitosa, y se le indicará en éste la acción a seguir dependiendo de si va a facturar de forma directa o a través de un proveedor tecnológico. Si usted realiza una acción equivocada en este proceso, recibirá una notificación de error.

 

3. Consulta del registro como facturador electrónico: Una vez registrado, usted tiene la opción Consultar registro como Facturador Electrónico, la cual le permitirá al ver la información que tiene registrada.

 

       El registro es un proceso sencillo y rápido. ¡Siga los pasos e inicie su camino hacia la facturación electrónica de forma conforme!

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